(01/04/25 - Lesa humanidad)-.Carlos Otero Álvarez había sido absuelto en 2017 por estos hechos, pero esa decisión fue anulada en 2020 por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó su reenvío para este nuevo veredicto. Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba hicieron lugar de manera parcial a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal durante el debate, que había requerido una pena de cumplimiento efectivo de 7 años.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba sentenció hoy a tres años de prisión de ejecución condicional al exsecretario judicial Carlos Otero Álvarez por no haber denunciado ni investigado crímenes de lesa humanidad cuando, durante la durante la última dictadura cívico militar, se desempeñaba en el Juzgado Federal N°1 de esa ciudad. Los integrantes del tribunal hicieron lugar de manera parcial a lo solicitado durante los alegatos por el titular de la Fiscalía General N°2 ante los Tribunales Orales Federales de Córdoba, Carlos Gonella, y el auxiliar fiscal Facundo Trotta, que habían requerido una pena de 7 años de cumplimiento efectivo para el condenado.
La sentencia por incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad fue con voto unánime del tribunal, compuesto por los jueces Mario Martínez, Facundo Zapiola y José María Escobar Cello. Los fundamentos de la sentencia se conocerán dentro de 21 días hábiles.
Otero Álvarez -quien luego se desempeñó como juez de tribunal oral hasta 2009, cuando se jubiló-, había sido llevado a juicio por estos hechos junto a otros tres acusados en 2017 como parte del “juicio a los magistrados” y había terminado absuelto, una decisión que en 2020 fue anulada por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó su reenvío para un nuevo veredicto, lo que se produjo hoy.
En su alegato del 5 de marzo, los representantes del Ministerio Público Fiscal habían solicitado una pena de 7 años de prisión y 14 de inhabilitación por incumplimiento de los deberes de funcionario público y por la omisión de dar cuenta de detenciones ilegales. Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, al conocer los crímenes en el ejercicio de sus funciones, Otero Álvarez tenía el deber de denunciarlos, algo que jamás realizó.
Durante el alegato, Gonella y Trotta señalaron que, con su inacción, el exsecretario judicial contribuyó a la impunidad del terrorismo de Estado, permitiendo que los delitos continuaran impunes.
La fiscalía le atribuyó a Otero Álvarez haber tenido conocimiento de delitos graves -entre los que se incluyen allanamientos ilegales, privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos, homicidios y delitos sexuales-, cometidos durante el terrorismo de Estado por personal militar y policial contra personas imputadas bajo la Ley 20.840, denominada “Ley Antisubversiva”, sin haberlos denunciado ni investigado, a pesar de su rol como secretario judicial.
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