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La Justicia declaró inconstitucional el mega DNU de Milei que prohibía las protestas sindicales

(29/08/24 - Derechos Laborales/Gestión Milei)-.La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó un fallo clave para el movimiento sindical argentino al declarar inconstitucionales varios artículos del DNU 70/2023, impulsado por el gobierno de Javier Milei. La medida buscaba restringir las protestas sindicales en establecimientos laborales, una disposición que había generado gran controversia desde su publicación.

El fallo, emitido por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirma la sentencia de primera instancia y declara inconstitucionales los artículos 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2023. Según la Justicia, estas disposiciones no cumplían con los requisitos constitucionales para ser dictadas mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), señalando que no existía una urgencia tal que justificara su implementación sin el debate parlamentario correspondiente.

La acción judicial fue iniciada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), bajo la conducción de Sonia Alesso, quien expresó que “este fallo es un triunfo para todos los trabajadores, no solo para los docentes. Se ha defendido el derecho fundamental a la protesta, que es un pilar de nuestra democracia”.

El DNU 70/2023 había introducido modificaciones a la Ley N° 14.250, limitando significativamente el derecho de las asociaciones sindicales a convocar asambleas y congresos de delegados, así como prohibiendo acciones de protesta como los bloqueos o tomas de establecimientos. Esta normativa fue vista por muchos como un intento de desmovilizar al movimiento obrero en un contexto de creciente descontento social.

El fallo judicial, basado en una acción previa iniciada por la CGT, subraya la ausencia de condiciones excepcionales para justificar el uso de un DNU. “El DNU fue publicado el 21 de diciembre de 2023, pero el Congreso ya estaba convocado a sesiones extraordinarias a partir del 26 de diciembre, lo que demuestra que no había necesidad de recurrir a esta herramienta excepcional”, argumentó la Justicia en su decisión.

Este veredicto no solo beneficia a los trabajadores de la educación, sino que sienta un precedente importante para todas las asociaciones sindicales del país. “Con esta decisión, se fortalece la capacidad de los trabajadores de organizarse y defender sus derechos frente a cualquier intento de recorte o limitación”, señaló un representante de la CGT tras conocerse la sentencia.

La confirmación de la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 representa una victoria significativa para el sindicalismo argentino y un llamado de atención al gobierno respecto de los límites constitucionales en materia de derechos laborales.

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