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La Justicia falló a favor del municipio de Lanús por el apagón masivo tras la tormenta

(28/03/24 - Lanús)-.La Justicia hizo lugar a la demanda de Julián Álvarez. Obliga a la firma a garantizar el servicio por terceros o con generadores. Plazo de 24 horas para resolver el problema.

En un fallo sin precedentes, que será seguido con atención por los intendentes del Conurbano bonaerense, la Justicia le otorgó una medida cautelar a la municipalidad de Lanús y en contra de la distribuidora EDESUR. El fallo corrió por cuenta del Juzgado en lo contencioso administrativo Nº1 de Lanús, que ordenó a "la firma Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) a garantizar la efectiva prestación del servicio de energía eléctrica, por sí o a través de terceros, sea por medio de unidades móviles de generación de energía eléctrica o por las líneas regulares de provisión, a favor de la usuaria actora en esta causa”.

Para esto le dio un plazo de 24 horas como máximo, en el cual deberá llevar a cabo “un plan de normalización de la energía eléctrica a favor de la Municipalidad de Lanús como gran usuario, en todas las áreas afectadas”.

La denuncia del gobierno de Julián Álvarez

El gobierno, a cargo del peronista Julián Álvarez, había demandado que "se restablezca el servicio de distribución de energía eléctrica en el ámbito del Municipio de Lanús, en condiciones regulares, homogéneas y uniformes, con una reformulación de las condiciones de infraestructura, de operación y mantenimiento, y exigiendo que, en consecuencia, se ejecuten las eventuales determinaciones judiciales en un plazo breve, a los fines de garantizar las prestaciones esenciales del Municipio, frente a la recurrencia de los cortes de energía eléctrica, a los cuales califica de público y notorio conocimiento".

En la misma presentación, reclamó que medida cautelar requiriendo se "proceda al inmediato establecimiento provisional de las condiciones elementales de servicio eléctrico conforme a las normas de calidad y eficiencia previstas en el Contrato de Concesión de Distribución de Energía Eléctrica en todo el partido de Lanús". El planteo judicial de Lanús se funda en los reiterados cortes de "energía, variaciones e interrupciones en la provisión de la misma" que se vienen dando desde el 12 de marzo de 2024.

"Dice que dichos cortes de suministro dejaron y dejan sin servicio a las luminarias públicas, semáforos, unidades de atención primaria de salud, generando problemas de los más variados pues -según el relato de la actora- la falta de servicio eléctrico estaría generando la afectación de los servicios de agua potable, salubridad y seguridad", indicó la Comuna, que se apunta una interesante victoria frente a la distrbuidora eléctrica.

Al focalizar en la necesidad de un plan de contingencia, el fallo expone: "Esto no implica desconocer fenómenos climáticos extraordinarios, pero tampoco se puede obviar que pueden volver a ocurrir y que los servicios de contingencia deberían estar preparados, con una previa inversión". En esa línea, se recuerda que en una resolución de la Secretaría de Energía de la Nación de hace más de dos décadas se dispuso la revisión de los planes de contingencia.

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