(05/01/24 -- Decretazo de Milei)-.La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) consideró este miércoles que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica presentado por el Gobierno tiene "vicios que podrían y deben concluir en su inconstitucionalidad" y alertó que al Ejecutivo le "está vedado emitir disposiciones de orden legislativo" según la Constitución.
La entidad que nuclea a los Colegios de todo el país advirtió que el megadecreto del Gobierno registra imperfecciones y que las mismas "podrían y deben concluir en su inconstitucionalidad". Además, alertó que al Poder Ejecutivo le "está vedado emitir disposiciones de orden legislativo" según la Constitución.
"Desde la Federación Argentina de Colegios de Abogados, luego de un exhaustivo análisis hecho por su mesa directiva y también con el del Instituto de Estudios Legislativos, conformado por prestigiosos juristas de la abogacía, entendemos que el decreto de necesidad y urgencia" tiene "vicios que podrían y deben concluir en su inconstitucionalidad", remarcó el presidente de esa entidad, José Luis Lasalle (foto).
El letrado explicó que al Poder Ejecutivo "se le reconoce desde luego el derecho a implementar su plan de gobierno" y "la legitimidad que le ha dado ser electo por una gran mayoría del pueblo argentino", pero instó al Gobierno nacional a "atenerse al régimen impuesto por la Constitución Nacional" cuyo "artículo 99 dice expresamente que le está vedado emitir disposiciones de orden legislativo".
El abogado subrayó "la interpretación y aplicación" de ese artículo que ha hecho "la Corte Suprema en diferentes fallos" para dar "claridad sobre ese punto".
"Lo que se está cuestionando, insisto, no es la posibilidad ni la legitimidad del gobierno para instrumentar su plan de gobierno sino los medios empleados", agregó.
"La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) consideró este miércoles que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica presentado por el Gobierno tiene "vicios que podrían y deben concluir en su inconstitucionalidad" y alertó que al Ejecutivo le "está vedado emitir disposiciones de orden legislativo" según la Constitución".
Lasalle explicó que para firmar un DNU se "deben concurrir algunos requisitos que hagan que por diferentes circunstancias de carácter excepcional hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de leyes" y analizó que "después de la lectura de los argumentos expresados en el propio decreto de necesidad de urgencia no se dan estos requisitos, porque el Congreso está funcionando y no hay impedimentos para que lo haga".
"No estamos hablando de formas que hacen a la cuestiones de presentación sino a las formas establecidas por la Constitución Nacional. Entendemos que no justifica los medios y por lo tanto, existiendo una clara división de poderes en favor de la institucionalidad, en favor del sistema republicano, deben respetarse las funciones que la Constitución atribuye a cada poder", reclamó.
Además, destacó que la FACA "ha expresado esta opinión en gobiernos anteriores oponiéndose a leyes que ha creído que no contribuían al bienestar general" y remarcó que esa tarea la ha hecho con "el foco puesto en la Constitución Nacional y en los principios, derechos y garantías que ella consagra y que no pueden ser violados y violar así el orden institucional y la división de poderes".
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