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Causa Sheraton IV: prisión perpetua para los ex integrantes del Grupo de Artillería 1

(07/10/23 - Lesa Humanidad)-.El Tribunal Oral Federal (TOF) número 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó este viernes a prisión perpetua e inhabilitación absoluta al exoficial de Logística del Grupo de Artillería 1 de Ciudadela, Alejandro Federico Sálice, y al exjefe del Servicio de Finanzas y exjefe del Servicio de Administración de esa misma unidad militar, Roberto Horacio Sifón, en el juicio de la denominado "Sheraton IV", donde se abordaron delitos de lesa humanidad perpetrados contra 28 víctimas.

El tribunal integrado por Ricardo Ángel Basílico, José Michilini y Adrián Grunberg encontró culpables a Sálice, en calidad de coautor mediato, y a Sifón, en carácter de partícipe necesario, de los delitos de homicidio, privación ilegítima de la libertad y por mediar violencia y amenazas e imposición de tormentos reiterados en 26 ocasiones.

El Tribunal ordenó la realización de los informes pertinentes para dar tratamiento a la revocatoria de los arrestos domiciliarios a los que se encuentran sometidos Sálice y Sifón, según lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y las querellas.

Además, los magistrados reafirmaron la caracterización de los hechos que fueron objeto de este proceso judicial como crímenes de lesa humanidad -en consecuencia imprescriptibles- y que fueron "cometidos en el marco del genocidio perpetrado en el país entre los años 1976 y 1983".

Previamente, el Tribunal escuchó las últimas palabras de los acusados, quienes volvieron a ratificar su "inocencia" respecto de los delitos cometidos en perjuicio de víctimas que estuvieron privadas ilegalmente de la libertad en el centro clandestino de detención que funcionó en la subcomisaría de Villa Insuperable, en el partido bonaerense de La Matanza.

Ambos hicieron uso del derecho que los asiste en formular sus últimas palabras previo al veredicto y declararon en forma remota.

"Me declaro totalmente inocente y nada de lo que se me acusa es verdad, ni hay pruebas que lo demuestren. Todo lo que he escuchado son conjeturas sin sustento", dijo Sálice.

Según el imputado, se lo "quiere condenar sin haber comprobado ningún hecho ilícito, solo suposiciones", al tiempo que remarcó que su carrera la ha transitado "de acuerdo al reglamento, directivas y leyes de aquellas épocas".

"En aquella época pudo haber habido leyes reglamentos y órdenes que posteriormente cambiaron y ahora no es considerado en el marco del momento al que nos estamos refiriendo, es decir que tendríamos que tomar todo de acuerdo a lo que sucedió en aquella época", opinó e interpretó que está siendo juzgado "solo por haber sido militar en aquel tiempo".

Por su parte, Sifón también se declaró "inocente" y manifestó: "Durante los años de servicio que cumplí en el grupo de artillería me dediqué por entero a mis tareas específicas contables y en dicho desempeño mi función nunca estuvo al servicio de actividades ilícitas, ni jamás tuve conocimiento de las actividades del personal de la unidad vinculadas a hechos como los que aquí he escuchado".

"Tampoco supe de la existencia del centro de atención ilegal hoy conocido como Sheraton, seguramente era un secreto muy bien guardado y únicamente lo conocían quienes realizaban las actividades ilegales", aseveró.

"Más allá de mi intachable conducta y honorabilidad debo reconocer y repudiar a quienes desde las filas del Ejército argentino han cometido los aberrantes delitos que ofenden a la dignidad humana", manifestó en otro tramo de su declaración.

La subcomisaría de la Policía bonaerense ubicada en Villa Insuperable, donde funcionaba el centro clandestino de detención al que llamaban Sheraton, dependía de la comisaría 3ra. de Villa Madero y esta, a su vez, de la Unidad Regional de Morón.

El centro funcionó en el cruce de las calles Tapalqué y Quintana, en La Matanza, al menos entre octubre de 1976 y octubre de 1978, y se encontraba emplazado en el Área 114, en la que el Grupo de Artillería 1 de Ciudadela era la unidad militar responsable del despliegue de la represión ilegal, bajo el comando del Primer Cuerpo del Ejército.

La fiscal federal a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, María Ángeles Ramos, había solicitado pena de prisión perpetua para dos exmilitares señalados por crímenes de lesa humanidad.

La fiscalía consideró acreditada la responsabilidad de Sálice y Sifón, quien es el primer exoficial especializado en finanzas en ser sometido a un juicio por delitos de lesa de humanidad.

También la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que fue querellante en el debate, solicitó que ambos imputados fueran condenados a prisión perpetua por su responsabilidad en los delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y de tres homicidios.

Las víctimas que estuvieron cautivas en este centro clandestino eran principalmente alojadas en los calabozos de la subcomisaría, un espacio que se encontraba apartado del resto de la dependencia por la división de una puerta de reja metálica.

Según consideró acreditado la fiscalía durante el juicio, las víctimas, una vez privadas de su libertad y trasladadas al centro clandestino eran sometidas a distintos tipos de tortura, entre las que se encuentran la aplicación de picana eléctrica en las zonas más sensibles del cuerpo y golpes, e insultadas y amenazadas de muerte.

La acusación sostuvo que estas conductas encuadraban en torturas psicológicas, dentro de lo cual también tuvieron en cuenta los gritos de sufrimiento y dolor de las torturas de las otras víctimas.

Este fue el cuarto tramo de la investigación por crímenes de lesa humanidad en el centro clandestino Sheraton que llega a la instancia de juicio oral, ya que los dos primeros fueron abordados en marzo del 2019, cuando el TOF 1 condenó a cuatro exmilitares y a dos expolicías a penas de entre 8 y 25 años de prisión, y el tercero en noviembre del 2021, cuando fue condenado el exoficial del Ejército Ricardo Alberto Pascual, quien era Oficial de Personal, a seis años de prisión.

En esa oportunidad no se pudo juzgar a Sálice y Sifón en virtud de que la Cámara Federal había dictado la falta de mérito, decisión que fue recurrida en dos oportunidades por el Ministerio Público Fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, que finalmente resolvió confirmar el procesamiento, y de esa forma, este cuarto tramo pudo ser elevado a juicio.

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