(16/08/23 - Violencia Institucional/Pueblos Originarios, Por Santiago Rey).- El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca, en Río Negro, dio inicio ayer por la mañana el juicio que se sigue a cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017, en Villa Mascardi, Bariloche, y el fiscal subrogante Rafael Vehils Ruiz pidió que los imputados sean detenidos al considerar que existe "riesgo procesal" de una posible fuga.
Sin embargo, el presidente del Tribunal, Alejandro Silva, tras un cuarto intermedio para analizar los pedidos, informó que por unanimidad los magistrados resolvieron rechazarlos, al considerar que los acusados "han estado siempre a derecho”.
El planteo fue acompañado por las querellas ejercidas por los abogados de la familia de Nahuel, la APDH Bariloche y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
De acuerdo con lo previsto, la audiencia de ayer, con un cuarto intermedio al mediodía, se desarrollaba hasta las 15, y en el recinto se encontraban presentes los padres de Rafael, Alejandro Nahuel y Graciela Salvo.
En tanto, los cinco imputados -Sergio Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- participaban en forma virtual, conectados a través de la plataforma Zoom.
La audiencia comenzó con la lectura del requerimiento de elevación a juicio por parte del secretario del Tribunal, presidido por el juez Alejandro Silva.
El abogado Rubén Marigo, representante de los padres de la víctima, planteó al Tribunal que se exija a los imputados y al abogado defensor de tres de ellos, Marcelo Hugo Rocchetti, “estar presentes en la sala de audiencia”, ya que durante toda la jornada de la mañana mantuvieron sus cámaras de Zoom apagadas.
“Debemos tener garantías que están presentes, para evitar futuras nulidades”, explicó.
Marigo reiteró el pedido para que el juicio se traslade a San Carlos de Bariloche, distante 600 kilómetros de General Roca, ciudad fijada para las audiencias por ser la sede del Tribunal Oral Federal.
“Los padres, las querellas y las víctimas se ven obligadas a viajar todas las semanas por esta disposición”, planteó.
Finalizada la primera parte de la audiencia, en la puerta del Tribunal los padres de Rafael Nahuel y sus abogados se dirigieron a las aproximadamente 150 personas presentes -pertenecientes a comunidades mapuche, organizaciones políticas, sindicales y de derechos humanos-, y ratificaron el reclamo: “Queremos verlos cara a cara. Acá estamos nosotros, viajamos desde Bariloche y estos cobardes no están”, señaló a Télam Alejandro Nahuel, padre de Rafael.
Graciela Salvo, por su parte, mamá de la víctima, dijo que “ellos tienen recursos, plata, pero no vinieron. Sí fueron a Bariloche a matar a Rafita, pero ahora no quieren dar la cara en el juicio”.
Mientras tanto, fuera de la sede tribunalicia, en una plaza céntrica de la ciudad de General Roca, un grupo de integrantes de organizaciones y comunidades mapuche se manifestaba en reclamo de justicia.
Al ingreso al Tribunal, el vocero de la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro, Orlando Carriqueo, aseguró a Télam que "se está juzgando a un Estado racista que mató a un joven que luchaba por sus derechos y por su identidad".
El dirigente mapuche cuestionó además el tiempo transcurrido desde el asesinato hasta el desarrollo del juicio y el lugar elegido para su realización.
"Hacer el debate de esta causa a 600 kilómetros de Bariloche, implica una violación al derecho de participar de mucha gente mapuche que quería acompañar a la familia para protestar por este asesinato", apuntó Carriqueo.
La primera jornada del juicio por el asesinato de Rafael Nahuel concluyó con la lectura de la acusación de la querella -ejercida por el abogado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Marcelo Przybylski-, que solicitó que el cabo primero Sergio Cavia sea imputado como “autor penalmente responsable del delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego y por haber sido cometido abusando de su función o cargo como miembro de una fuerza de seguridad”.
Además, solicitó que se contemple el “el delito de tentativa de homicidio doblemente calificado” en contra de Johana Colhuan y Gonzalo Coña, dos jóvenes que fueron heridos por los disparos de los uniformados.
En tanto, para Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, la querella reclamó que sean imputados en juicio como “partícipes necesarios del delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego y por haber sido cometido abusando de su función o cargo como miembro de una fuerza de seguridad, en concurso real con el delito de coautor de tentativa de homicidio doblemente calificado”.
A este planteo adhirieron las querellas que representan a la familia de Rafael Nahuel y la de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Bariloche.
Con posterioridad, el secretario del juzgado dio lectura a la elevación a juicio firmado el 8 de diciembre de 2021 por la Jueza por entonces subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Silvia Domínguez, quien rechazó juzgar a los cinco procesados por el intento de homicidio de los dos jóvenes que resultaron heridos, y sostuvo la figura de "homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa" planteado por la fiscal de instrucción Sylvia Little.
Este miércoles se realizará la segunda audiencia para la cual se programó la lectura de las indagatorias. El abogado defensor de tres de los Albatros acusados, Marcelo Hugo Rocchetti -ex Jefe de Gabinete del ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires durante la gestión de Cristian Ritondo- adelantó que los prefectos Sosa y Pintos harán uso de su derecho a declarar.
El día del asesinato, miembros del grupo de élite Albatros que integraban los acusados, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5, se topó territorio adentro con integrantes de la comunidad.
Según se desprende de la instrucción de la causa, tras dar la voz de alto y arrojar una bomba disuasoria, recibieron piedrazos como respuesta y comenzaron a disparar, primero con munición no letal, luego con balas de plomo.
Nahuel recibió por la espalda un disparo con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5 y el proyectil ingresó por su glúteo izquierdo y lesionó órganos a su paso por el interior del cuerpo del joven mapuche.
La Prefectura cumplía una orden del por entonces juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, quien requirió que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes, y en el que fueron detenidas cinco mujeres de la comunidad.
El magistrado había dado la orden de desalojo a partir de una denuncia por "usurpación" realizada el 17 de noviembre por parte del Parque Nacional Nahuel Huapi.
La comunidad Lafken Winkul Mapu había anunciado a principio de ese mes la "recuperación" de unas 10 hectáreas -de las 710 mil que posee el Parque Nacional Nahuel Huapi- en esa zona de Villa Mascardi. Una semana después se produjo el desalojo y la posterior incursión de los Albatros que terminó con la muerte de Rafael Nahuel.
La causa FGR 027423/2017 caratulada "Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada", de la cual es querellante Alejandro Nahuel, padre de Rafael, tiene como procesados al cabo primero Cavia por el delito de "homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa" y a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros como "partícipes necesarios" del hecho.
La carátula con la que la causa llegó a esta instancia de juicio oral fue criticada por las querellas que representan a la familia de Nahuel, a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Bariloche.
Los representantes legales de la Secretaría de Derechos Humanos buscarán probar durante el juicio que se trató de un homicidio calificado, dado que no hubo por parte de los prefectos una "legítima defensa", sino una actuación que desbordó "todos los límites de los cánones legales de acción ante una situación como la sucedida".
"La acusación no nos satisface. No estamos de acuerdo con esa figura. Para nosotros es homicidio calificado. La estrategia apunta a demostrar la coautoría de los cinco implicados", indicó el director de Violencia Institucional de ese organismo, Mariano Przybylski.
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